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Pronunciamiento de la Noticia al Chilazo ante la situación de Sonny Figueroa

Actualizado: 15 sept 2020

Guatemala 13 de septiembre 2020

Medio digital : La Noticia Al Chilazo





El medio digital, La Noticia Al Chilazo nos solidarizamos con el colega periodista de Plaza Pública, Sonny Figueroa por el incidente ocurrido ayer en horas de la tarde en los alrededores del Palacio Nacional de la Cultura, en intentaron atentar contra sus derechos humanos agredido su integridad personal.

Esto con base en artículo II de la Constitución Política de la República de Guatemala, el mismo se construye con base a los derechos humanos. En el cual hace mención a lo siguiente:

En cuanto a dicho apartado se subraya: La intención de constituir un sistema realmente democrático, en el que respete la dignidad humana y se ponga en lugar preferente el respeto de sus derechos, de los derechos humanos. Hay mismo se expresan los valores superiores tales como: La dignidad de la persona humana, la libertad, la igualdad, la seguridad, la justicia, el bien común y la paz.

De tal cuenta, “Es libre la Emisión del Pensamiento por cualquier medio de difusión, sin censura ni licencia previa. Esta constitución no podrá ser restringida por ley o disposición gubernamental alguna”, esto con base en la Carta Magna guatemalteca.

Instamos:

Al Procurador de los Derechos Humanos(PDH), licenciado, Jordán Rodas Andrade, que sigue procurado velar por el respeto a los derechos humanos de las y los guatemaltecos en general; con base en lo que establece su mandato dentro de constitución política de República de Guatemala.

Felicitamos

En este sentido, felicitamos a la PDH, así como la defensora de periodistas a la señora Ruth del Valle por el apersonamiento del colega de prensa nacional antes mencionado en Torre de Tribunal. Como entes mediadores y en calidad de observadores por garantías de respeto a sus derechos humanos en forma individual.

“No constituye delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funerarios o empleados públicos por acto efectuados en el ejercicio de sus cargos”, esto descrito en el Artículo, dentro de la Carta Magna del país.

“La actividad de los medios de comunicación social es interés público todo lo relativo a estos derechos constitucionales se regula en la Ley Constitución de la Libre Emisión del pensamiento “

 
 
 

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gary saco_edited.jpg

Me inicie como periodista independiente en el año 2014 , con el objetivo de dar a conocer temas de interés general a la población guatemalteca , demostrar el talento que podemos poseer las personas con discapacidad.

Gary Cuyan

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